
PRESOS POLÍTICOS DEL SISTEMA
Los presos políticos no son una práctica “nueva” del Estado: ya en los años 70, en pleno auge de masas, cuando la clase organizada se planteaba la toma del poder, entre los tantos métodos sistematizados por la burguesía ya existía la persecución política a través de la represión y/o encarcelando a los militantes revolucionarios. Antes de esta década también se implementó esta constante del “escarmiento“, o sea, nada nuevo bajo el sol…
La judicialización de la protesta y el encarcelamiento de luchadores populares son hoy una práctica diaria. El Estado burgués, cuando no puede mantener la “paz social” por medio del consenso, lo hace mediante la represión y dictando leyes en este sentido, como la LEY ANTITERRORISTA (junio del 2007); creando fuerzas especiales (Policía Buenos Aires 2 ) y bandas parapoliciales; aprobando el uso de balas huecas (prohibida su utilización en conflictos bélicos desde el Siglo XIX); creando grupos “especiales” (léase asesinos profesionales como GEO, HALCÓN, etc.);militarizando fábricas en conflicto (FATE) o accesos viales y estaciones de trenes para efectuar controles poblacionales con la excusa de la “inseguridad“; estableciendo el “Estado de sitio” en lugares donde se llevan a cabo protestas como, por ejemplo, Las Heras durante el conflicto obrero; manifestando el “desinterés” del Estado, como decisión política, ante la desaparición de Jorge Julio López (2 años); manteniendo la política del gatillo fácil (más de 850 jóvenes, un muerto cada 40 hs.).
Así, vemos desde la dictadura cívico-militar hasta la actualidad, cientos de ejemplos, pero todos tienen un mismo eje: la represión es SIEMPRE en contra de los intereses del proletariado, sus estamentos más avanzados y sus aliados naturales.
Cuando hablamos de los presos por razones políticas, estamos considerando a quienes por salir a reclamar por sus derechos, reivindicaciones y un mundo mejor, son encarcelados como medida ejemplar para todo aquel que intente hacer lo mismo. Todo aquel que esté en contra de este sistema injusto y opresor es un ENEMIGO del poder del sistema capitalista y su Estado burgués que así se lo hace sentir.
Es común a todos los presos políticos la opresión del sistema: ya sea en las “detenciones” o secuestros por parte del Estado los procesos son ilegales, con causas que se les imputan a los detenidos y condiciones infrahumanas de encarcelamiento, lo que demuestra la clara posición de clase del estado burgués a la hora de mantener tras las rejas y “a como dé lugar” a los que protestan, violando, descaradamente, sus propias leyes…
Los seis campesinos paraguayos.
En 2005 comenzó una oleada represiva contra referentes del campo popular paraguayo por parte del Estado fascista de Nicanor Duarte Frutos, con permanentes amenazas de los escuadrones de la muerte contra organizaciones populares que terminan materializándose, por medio de la Fiscalía General del Estado, en la acusación a seis militantes y dirigentes campesinos de ser responsables del secuestro y muerte de la hija del ex presidente de la república, Raúl Cubas Grau. Por esta razón Arístides Vera, Roque Rodríguez, Simeón Bordón, Basiliano Cardozo, Agustín Acosta y Gustavo Lezcano recurren al tratado internacional buscando protección a su integridad física, solicitando refugio político al gobierno de Argentina el 20 de Marzo de 2006. Apelan al CEPaRe (Comité de Elegibilidad Para los Refugiados), organismo dependiente del Ministerio del Interior encargado de acoger a los peticionantes de refugio, donde se les concedió un documento precario como refugiados políticos por el término de 72 hs. El 2 de Mayo de ese mismo año, vencido el plazo, regresan al CEPaRe donde son detenidos por la INTERPOL.
En una carta dirigida a la opinión pública el 16 de septiembre de 2008, los campesinos expresan: “Hacemos una aclaración sobre una situación en particular, ante las declaraciones públicas del Ministro de Justicia Aníbal Fernández a través de una radio local expresando que nuestra situación es un problema jurídico y no político, al ser consultado si van a concedernos el estatus de refugiados políticos. Esto es totalmente contrario a la resolución de la Corte Suprema Argentina que ha suspendido el trámite de apelación sobre la extradición, solicitando al Poder Ejecutivo resuelva sobre nuestro pedido de Refugio Político.” (...)
“Con nuestra injusta detención el Gobierno Argentino se convierte en cómplices de esta realidad y además esta violando el Pacto de San José de Costa Rica en su articulo séptimo, punto quinto porque llevamos mas de dos años presos sin juicio y sin perspectiva de una pronta solución” (...)
“Reiteramos que nuestro único delito fue reconocernos como clase y luchar para abrir surcos, atajos, para que el mundo vea nuestra realidad como campesinos pobres.”
El 15 de agosto del corriente año, los presos paraguayos inician una huelga de hambre. Hoy se encuentran en precarias condiciones de salud y dos de ellos en situación grave.
YA LLEVAN MAS DE 2 AÑOS Y 4 MESES PRESOS…
“La Gallega“ Karina Germano López
El 1º de febrero de 2002, un grupo de militantes latinoamericanos fue detenido en la localidad de Sierra Negra, Sao Paulo, Brasil, acusados de participar en el secuestro del multimillonario brasileño Washington Olivetto.
Se trata de Mauricio Hernández Norambuena, militante del FPMR (Frente Patriótico Manuel Rodríguez), Alfredo Canales Moreno y Marco Rodríguez Ortega (militantes del MIR-EGP, Movimiento de Izquierda Revolucionaria-Ejercito Guerrillero de los Pobres), de los colombianos Marta Urrego Mejía y William Gaona Becerra, y de la argentino-española Karina Germano López.
Luego de su detención, todos fueron torturados. En primera instancia, los condenaron a 16 años de prisión, mientras el tribunal reconocía el CARÁCTER POLÍTICO de los hechos. Pero, en noviembre de 2003, bajo la presión de la derecha, el Tribunal Superior de Sao Paulo negó el carácter político de la acción y aumentó las penas a 30 años de prisión y a un régimen excepcionalmente severo. A pesar de que Norambuena expresó ante los jueces que Karina y otros tres compañeros sólo se encontraban circunstancialmente en la casa donde fueron detenidos y que no tuvieron ninguna participación en el secuestro; pese a que no fueron hallados ni huellas ni elemento probatorio alguno que implique a Karina Germano en el sitio donde estuvo secuestrado Olivetto, la “justicia” de Brasil los condenó con la máxima severidad y a todos por igual.
“Desde que llegué a la Argentina, hasta que el señor juez Sergio Delgado se dignó a mandar el testimonio de Sentencia y los cómputos a esta unidad penitenciaria, pasaron OCHO MESES, en los cuales permanecí en carácter de ¿procesada?, ¿en tránsito?, en pocas palabras, ocho meses se podría decir que estuve hasta en forma ILEGAL, puesto que NO TENGO CAUSA EN ESTE PAÍS.” Las autoridades del Penal no sabían que hacer conmigo. Hoy, a más de un año desde mi llegada, habiendo esperado pacientemente que la burocracia argentina decida sobre mi derecho a gozar de las “salidas transitorias” previstas por la ley que me condenara, me encuentro con que el Sr. Juez de Ejecución Penal a cargo del Juzgado Nº1, doctor SERGIO DELGADO, me NIEGA las salidas transitorias, poniendo como fundamento:
· Que mi traslado se produjo 49 días antes del tiempo estipulado para dicho beneficio.
· Que distinto sería si hubiera obtenido el beneficio ANTES de ser “extraditada”… Otro HORROR legal al que apela el Dr. Delgado para la denegación, puesto que, al no tener causa en este país, mal puedo ser extraditada y si “expulsada”, como lo requiere el caso en cuestión”.Más adelante, Karina describe otro horror de Delgado. “Él juez sostiene que el Habeas Corpus otorgado a mi compañero Mauricio Hernández Norambuena, no me ha favorecido y no tiene el alcance legal que mi defensa solicita. Otro absurdo de ignorancia legal, cuando cualquier abogado sabe que, al no efectuarse una “Separación de causa”, cualquier beneficio otorgado a uno de los imputados, automáticamente se hace extensible al resto de los consortes de causa.”.
¿Por qué la trasladan…? hay que destacar que ella vino de cárcel en cárcel y que, por otra parte, su vida corría serios peligros en Carandirú: tras un motín en mayo de 2006, su madre viajó a Buenos Aires muy asustada por su integridad física, con el objeto de solicitar ayuda al gobierno de Néstor Kirchner para que se la trasladara a este, su país, ya que su vida corría riesgo. Ante esta urgencia, el gobierno de Kirchner aceptó traerla a la Argentina, haciendo uso del tratado bilateral sobre presos que existe entre ambos países. La cuestión de fondo es que, ante la urgencia del traslado por los motivos mencionados, el Gobierno Argentino mandó a la INTERPOL a buscarla a Brasil y la trajeron el 9/11/2006, es decir, faltando sólo 49 días para cumplir el sexto mes necesario para acceder a salidas transitorias, según lo establecido por la Ley de Ejecución Penal Brasilera.
Karina sostiene que “es increíble, que después de haber logrado mi traslado, parte más difícil, no se logre que la ley se cumpla”. “Sí de voluntad política se tratase, traerme hasta aquí para mejorar mis condiciones de detención, es un absurdo que a la hora de que el Poder Judicial tenga que respetar la Ley, me encuentre atrapada en ciertos formalismos de dificultosa interpretación, y se me condene a una pena más larga en lo que a duración de mis beneficios se refiere, es decir, que pretendan mantenerme 9 años más encerrada para gozar de mis salidas transitorias”.
La jurista Juliana Armede agrega: “La Argentina no puede cambiar el tiempo de la pena, no puede cambiar el derecho de progresión del régimen, tiene que obedecer lo que el Brasil decidió: si Karina tiene un derecho tiene que respetarlo, porque Brasil es el país remitente y bajo sus leyes ella fue condenada. El juez debe considerar los papeles enviados por el Brasil donde se habla de progresión y cumplirlos. Auque ella haya ido a la Argentina antes del tiempo de progresión, cuando llegue el momento podrá hacer el pedido correspondiente, porque siempre estuvo presa. La diferencia es que estuvo presa un tiempo aquí y ahora esta presa allá. Ella no necesita más tiempo presa en la Argentina para obtener su derecho de progresión si es que ese tiempo se cumplió: es única la prisión y es única la pena.”
Mientras la “democracia” burguesa tuvo como Jefe del Ejército a Bendini y recién cinco años después se dio por enterada de que está procesado por delinquir, sin ningún apuro por quitarlo del escenario que compartió con dos presidentes sucesivos, actúa con suma “urgencia” a la hora de procesar y encarcelar a militantes populares. Así es siempre la justicia de clase…
LIBERTAD A TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS.
DESPROCESAMIENTO DE LOS 6500 LUCHADORES POPULARES
